Edwin Franco

Por: Edwin Alejandro Franco Santamaría

No está de más recordar que en el caso Interbolsa se perdieron más de 700.000 mil millones de pesos de miles de ahorradores, entre los que se encuentran Alianza Fiduciaria S. A., el BBVA, la Universidad Santo Tomás y Seguros del Estado, ni que Juan Carlos Ortiz, Rodrigo Jaramillo, Tomás Jaramillo (hijo del anterior), Alessandro Corridori y Víctor Maldonado, son algunos de los nombres de las personas que fueron los cerebros del descalabro de Interbolsa, que son y serán de ingrata recordación y que perdurarán en la memoria de los colombianos, especialmente de las víctimas, por muchos años, como son los nombres de Abraham Gaitán Mahecha, aquel monseñor que regentaba la Caja Vocacional; Jaime Michelsen Uribe, el del Grupo Grancolombiano y más recientemente el de David Murcia Guzmán, más conocido como DMG, todos estos nombres con el denominador común de haber hecho parte de entramados financieros y bursátiles que, o tenían por finalidad o terminaron esquilmando a miles de ahorradores.  Con toda la historia y todos los ejemplos que hay y no hemos aprendido la lección.  Y creería uno que a medida que pasa el tiempo el Estado se encargaría de controlar más eficazmente estos grupos económicos, pero a la postre no ha sido así, pero al menos si no ha hecho bien esta tarea si debiera utilizar correctamente las herramientas legales en aras de sancionar desde el punto de vista penal las conductas contrarias a la ley y descritas en el Código Penal como delitos que presumiblemente cometieron estas personas.  Básicamente los delitos endilgados a los cinco directivos de Interbolsa son: Estafa, Concierto para delinquir, Manipulación fraudulenta de especies inscritas en el registro nacional de valores e intermediarios, Captación masiva y habitual de dineros y No reintegro.

Rodrigo Jaramillo, como es de público conocimiento, fue condenado y goza de prisión domiciliaria en su mansión en Medellín, mientras que otros delincuentes, entre ellos su hijo, Tomás Jaramillo y Juan Carlos Ortiz, están a la espera de que un Juez de Garantías de Bogotá D. C. le imparta legalidad al Principio de Oportunidad que ya el Fiscal General (e) avaló le fuera otorgado a estos dos nefastos personajes por el delito de Captación masiva y habitual de dineros, previsto en el artículo 316 del Código Penal.

El Principio de Oportunidad es una institución de carácter procesal afín a los sistemas acusatorios (y que funciona distinto según la orientación que tenga el sistema en cada país) en la que el ente persecutor, la fiscalía, interrumpe, suspende o renuncia a la persecución penal en favor de determinada o determinadas personas a cambio de información y de ayuda para el desvertebramiento de estructuras criminales.   Pero tal como está concebida y desarrollada esta institución en el medio judicial nuestro, es para que mandos medios o bajos se acojan a esta figura y les sea a ellos otorgada, pero no es al contrario, que sean los jefes y cerebros de los grupos criminales los que se pretendan acoger es el mundo al revés.  Son ellos los que van a delatar?, a quién o quiénes?, si son precisamente ellos los que dieron lugar a todo lo que ocurrió.  Lo que queda en evidencia es la vuelta de tuerca que le van a dar al asunto que tiene por finalidad una excelente jugada jurídica:  como el Principio de Oportunidad es por el delito de Captación masiva y habitual de dineros dejaría sin piso y se caería el otro delito de No reintegro de esas captaciones millonarias, con lo cual estas personas saldrían muy beneficiadas, pues no solo se librarán de pagar cárcel por estos delitos, sino y lo más importante para ellas, no tendrían que devolver un solo peso de los miles de millones captados.  Como quien dice, inocentes por estos delitos y se quedan con todo el dinero que mediante engaños y mentiras captaron de los ahorradores.  Las víctimas pasan a deberle a ellos, tal como están las cosas.

Incluso un reconocido jurista, apoderado de algunas de las víctimas, escribió en ese sentido a la fiscalía, explicando que para noviembre de 2012 “el delito de captación ya se había consumado y la información sobre los elementos y alcances de la captación ya reposan en poder de la Fiscalía; de hecho, hizo ya uso de esa información para efectos de la imputación y de la acusación. Nada nuevo entonces podrán aportar los potenciales beneficiados, distinto a contar cómo cometieron el delito y cómo se beneficiaron de él, aspectos estos que ya son parte de la acusación. Más bien deberían buscar un preacuerdo y reparar”. Ojalá sean escuchadas las voces de los apoderados de las víctimas que se están, con sobrada razón, oponiendo a tal esperpento y que el juez encargado de tomar la decisión se pronuncie negativamente a la pretensión de la fiscalía.

Será mera coincidencia la cercanía del abogado de los Jaramillo, Jaime Lombana, con el ex fiscal Montealegre, con el hecho que se estén avalando estos regalos jurídico procesales a sus defendidos?

A todo lo anterior hay que agregarle que Tomás Jaramillo ha denunciado penalmente al liquidador del Fondo Premium, Alejandro Revollo, y la fiscalía ya le abrió una investigación, dizque por el mal manejo que le ha dado a la liquidación del fondo.   Increíble.