Por: Eugenio Prieto Soto

Las opiniones expresadas en esta columna, son responsabilidad de su autor

La semana pasada inicié en esta columna una serie de artículos que he titulado “El IDEA baja calificación”. Quisiera que este titular sólo estuviera resaltando una idea más del contexto, pero dolorosamente no es así. La baja calificación del IDEA tiene graves, gravísimas repercusiones legales para el desarrollo de su objeto social. Concluí que si no se logra el negocio de Pescadero en el corto plazo, se va a quebrar el IDEA y si se logra, se va a entregar el proyecto más importante en la historia de Antioquia por una miseria, y que lo único y lamentablemente cierto es que una de las entidades más respetadas y queridas en Antioquia y el país, el IDEA, desde el pasado 2 de febrero bajó su calificación y el funcionario gerente lo ocultó y la entidad retrocede a pasos agigantados hacia el abismo de la quiebra.

 

No responderemos a los insultos, ofensas y amenazas de demandas temerarias, con las que sin argumentos, el funcionario gerente del IDEA ha tratado de desvirtuar nuestras denuncias y desviar la atención del debate. Antioquia y el IDEA merecen respeto y por ello, continuaré profundizando con argumentos técnicos sobre su crítica situación, que se agrava aún más, con el oscuro ocultamiento de información y con la desfachatez de pretender minimizar la baja calificación.

En el informe sobre viabilidad fiscal de los departamentos del 2008, de la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público –DAF-, se alertó: “El capital de trabajo del Idea al cierre de 2008 fue negativo en $444.717 millones, mientras en 2007 lo fue en $137.101 millones, lo que significa que el riesgo de liquidez del Instituto aumentó 201% en términos reales…”. “Este riesgo podría materializarse, si el Instituto no alcanza las calificaciones mínimas que exigen los decretos 1525 y 4471 de 2008 para que los INFIS manejen recursos de los entes territoriales”. Estos decretos, y el 2805 del 2009, que desarrollan el artículo 17 de la Ley 819, exigen tener la segunda mejor calificación de riesgo en el corto plazo (1) y largo plazo (AA+), para que los Institutos de Fomento y Desarrollo –INFIS- como el IDEA, puedan ser depositarios de recursos de las entidades territoriales y sus descentralizadas.

La norma establece como plazo hasta el 31 de diciembre del 2010 y el 2011 respectivamente, para que los INFIS logren las calificaciones exigidas, pero, mientras se ajustan a ella; “…deberán efectuar revisión de sus calificaciones con una periodicidad no superior a 180 días, como resultado de la misma deberán mantener o mejorar la calificación vigente…” y si la disminuyen, no podrán captar más recursos de las entidades territoriales ni de sus entes descentralizados -grave repercusión-, hasta que se realice la siguiente calificación y como mínimo recuperen la que tenían antes de la disminución.

Más grave aún, si en el lapso de seis meses no recuperan la calificación vigente antes de la disminución, “…el representante legal del respectivo Instituto deberá, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de la calificación, presentar ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público un plan de desmonte de las operaciones activas y pasivas perfeccionadas con dichos recursos. Dicho desmonte no deberá superar un (1) año”.

Por todo lo anterior, resulta gravísimo para el IDEA la aplicación de esta normatividad, máxime si tenemos en cuenta que el IDEA ya se había calificado -se ocultó información relevante-, en agosto 10 de 2009 por la firma Fitch Ratings Colombia, que le bajó la calificación que consecutivamente había obtenido desde el 2002; de AA bajó a A+., lo que quiere decir, que en ese momento el IDEA debió suspender las captaciones –de lo contrario estaría captando ilegalmente-, hasta recuperar como mínimo la calificación AA.

Por ello, es más delicado aún, que en los seis meses siguientes, en febrero 2 de 2010, la firma Investor Services S.A., le mantuviera la disminución de la calificación en A+ -también se ocultó-, por lo que, de acuerdo con la norma, el representante legal del IDEA, dentro de los 15 días siguientes, debió presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, un plan para desmontar las captaciones del IDEA en el término de un año. Es decir, devolver alrededor de $977.582 millones. Con la concentración de inversiones de largo plazo, ¿Tendrá el IDEA la capacidad para hacerlo?

Hablé y hablo de irrespeto porque se pudo haber tipificado un prevaricato por parte del funcionario gerente y de la Junta Directiva de la Institución, al no solicitar a la Asamblea de Antioquia -de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 819 de 2003-, la aprobación de las vigencias futuras, y porque en el debate realizado al IDEA en la Asamblea, se ocultó información relevante sobre las calificaciones y sus graves repercusiones legales, por ejemplo, ¿Se suspendieron las captaciones? ¿Se presentó el obligado plan de desmonte de las captaciones al Ministerio de Hacienda? ¿Se esta captando ilegalmente?

¿Se garantizará en Antioquia el imperio de la legalidad de forma oportuna? ¿Son conocedores el Gobernador, la Asamblea, la Procuraduría, la Contraloría, la Junta Directiva, de la situación de ilegalidad y grave riesgo del Idea? Si así es, ¿a que se debe su silencio?, o ¿se omitirán las responsabilidades pertinentes y se esperará a que se consume el daño a uno de los patrimonios más queridos e importantes de Antioquia?

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