*Fotografía retocada con IA

El Juzgado Primero Administrativo de Antioquia condenó a la Alcaldía de Medellín a pagar de más de 1.800 millones de pesos por el feminicidio de Claudia Patricia Gómez Castaño, hermana de la congresista Susana Boreal.

El trágico desenlace de esta historia comenzó el 8 de noviembre de 2017, cuando Claudia Patricia Gómez se presentó en la Comisaría de Familia de la Comuna Doce, en el barrio Santa Mónica, solicitando medidas de protección para ella y sus 11 hijos. La solicitud se debió a los constantes actos de violencia intrafamiliar perpetrados por su esposo, Andrés Felipe González Montoya, los cuales se habían prolongado durante más de nueve años, tal como está documentado en la Comisaría.

Ese mismo día, la Comisaría de Familia emitió un oficio dirigido al Mayor Johan Esteban Ortiz Mesa, comandante de la Estación de Policía Laureles, solicitando protección provisional para Claudia Patricia y un desalojo de su agresor. Sin embargo, la solicitud no fue atendida con la urgencia necesaria, y el oficio no llegó a su destino a tiempo.

Aunque el 8 de noviembre se entregó formalmente la medida de protección a Claudia Patricia, la denuncia ante la Fiscalía fue remitida seis días después, el 14 de noviembre, lo que generó un vacío crítico en el proceso de protección. Un día después, en la madrugada del 15 de noviembre, Andrés Felipe González Montoya ingresó a la casa de su esposa y le disparó en la cabeza, acabando con su vida.

El feminicidio de Claudia Patricia Gómez Castaño ocurrió durante la primera alcaldía de Federico Gutiérrez, pero la demanda de reparación fue presentada bajo la gestión de Daniel Quintero. En el proceso judicial, el apoderado del Municipio argumentó que la culpa recaía exclusivamente en la víctima por no haber llamado a la policía, atribuyendo el crimen a un tercero, es decir, a su esposo.

Sin embargo, el Tribunal ha considerado que hubo una falla en el deber de protección del Estado, dado que las autoridades no actuaron a tiempo a pesar de las solicitudes formales y la clara evidencia de riesgo.

La juez Primera Administrativa de Antioquia, Omaira Rodríguez Arboleda, ordenó al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, dentro del mes siguiente a la ejecutoria de esta providencia, impartir capacitación a todos los funcionarios y empleados de las Comisarías de Familia, con la vinculación de la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial, a la que se le remitirán copia de la presente sentencia. Esto debe hacerse insistiendo en la obligación de aplicar la perspectiva de género en los casos de violencia intrafamiliar.

Asimismo, ordenó la publicación de la sentencia en la página del ente territorial distrital, con el fin de que, en situaciones similares, se realicen todas las actuaciones ordenadas en las normas que reglamentan la violencia intrafamiliar, especialmente en lo relativo a la remisión y seguimiento a las autoridades policiales y judiciales. Esta medida también será comunicada a los demandantes.

Se ordenó, además, constituir una veeduría sobre la aplicación de la política pública que se implemente a través de la Secretaría de la Mujer del Distrito, convocando y vinculando al Colectivo de Mujeres y diversas corporaciones que trabajan desde la perspectiva de género.

La condena a la Alcaldía no sólo establece un precedente en la lucha contra la impunidad en casos de feminicidio, sino que también plantea interrogantes sobre la efectividad de las instituciones en la protección de las víctimas de violencia de género. Este caso resalta la urgencia de implementar protocolos más eficientes y asegurar que las denuncias sean tratadas con la seriedad que merecen, para prevenir que tragedias como la de Claudia Patricia Gómez Castaño se repitan.

La indemnización de más de 1.800 millones de pesos es un recordatorio de que el Estado tiene una responsabilidad ineludible en la protección de sus ciudadanos, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad.