Por: Eugenio Prieto
Medellín, líder en la modernización de las nuevas instituciones, epicentro por excelencia de los avances de la administración pública, ha enriquecido nuestro derecho administrativo al asumir el reto de transformar substancialmente su estructura orgánica administrativa, con la expedición por parte del Alcalde el pasado 9 de septiembre, del Decreto 1364 con fuerza de Acuerdo municipal.
El decreto, una compleja y exitosa mezcla de elementos propios de la ingeniería administrativa, permitirá la actualización institucional acorde con las orientaciones de la Constitución de 1991; las leyes 489/98 sobre estructura orgánica de la administración; 909/04 relativa a la función pública; la reciente ley 1551/12 sobre normas relativas al reordenamiento funcional de las administraciones municipales; y las leyes 1437/11 y 1341/09 concernientes a la reglamentación de los procedimientos administrativos y a la aplicación de las TIC.
Muchas novedades se descubren en el texto del Decreto. Se resalta la existencia de Agencias estatales, como son las encargadas de orientar la educación superior; las alianzas público privadas; las secretarias con alcance de vice alcaldías, que razonablemente generan priorización de los asuntos propios de la administración municipal; la división de la administración en sectores especializados en los asuntos de cada dependencia; la aplicación del teletrabajo y las más modernas manifestaciones de las TIC; todo aunado a la facilitación de la implementación de mecanismos asociados a la soberanía popular y a la democracia de participación.
Medellín retoma el liderazgo en la adopción de mecanismos que permitan, la separación de las decisiones de autoridad con las propias de la operación, administración y gestión. En especial quiero destacar la de los servicios públicos domiciliarios y las tecnologías de la información, para los cuales se creó una subsecretaría, que concentrará todas las funciones sustanciales que como autoridad debe desarrollar el Municipio en estas materias.
Como era de esperarse de una administración formada en la sensibilidad social y la protección de los más débiles, temas como la protección a los usuarios, la atención del servicio universal, a través del fomento e inversión social en servicios públicos, el mínimo vital en agua potable y saneamiento básico, la administración del fondo de solidaridad y redistribución de ingresos, la adecuada prestación del servicio de alumbrado público y la formulación de proyectos frente a los fondos de TIC, promoción de la televisión pública y los contenidos, así como al fondo de energía social que antes no tenían un responsable claro en la administración del Municipio, ahora tendrán una unidad de la administración que deberá asumirlos como propios para dar respuesta oportuna a los habitantes de la ciudad.
Con la destinación de recursos para servicios públicos en viviendas de interés prioritario, la redefinición de la industria del servicio de aseo con la vinculación activa de los recicladores, la modificación del objeto de las empresas de servicios públicos para que realicen actividades diferentes a los servicios convencionales, y otros que están en el orden del día, el Municipio de Medellín asume una posición vanguardista frente a tales asuntos y un instrumento institucional que le permitirá expresarla con claridad.
Sin duda el Municipio de Medellín ha sido un ejemplo nacional en materia de gerencia pública y en la adecuada utilización de sus recursos humanos y materiales, pero la nueva reorientación del la estructura Municipal va mucho más allá, pues la vinculación de la sociedad con el Estado a través de alianzas público privadas, la utilización de todos los mecanismos sustitutos funcionales que nos propone la ley 1437/11 y la implementación de las TIC en particular del teletrabajo que se suma a la tele educación, el tele emprendimiento y el tele gobierno que ya tenían unos avances, nos colocan de líderes regionales ante las nuevas realidades.