El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. La suspensión del servicio de energía eléctrica, tratándose del mínimo vital, tiene consecuencias sobre los derechos fundamentales: viola la Constitución Política de Colombia.

Con fundamento en estos presupuestos propios del Estado Social de Derecho que es Colombia, el concejal de Medellín, Roberto Cardona Álvarez, presentará un Proyecto de Acuerdo que obligará a la Administración Municipal a diseñar mecanismos para proteger las familias con niños y niñas, adultos mayores y personas en situación de discapacidad, que muestren una mora superior a tres (3) cuentas vencidas de los servicios de agua potable o energía, evitando la desconexión de estos servicios.

Según el Proyecto del Concejal de Firmes por Medellín, el Municipio deberá auspiciar un mínimo vital de energía con 100 Kw/h por unidad de consumo al mes, incluidos los cargos fijos, a los hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad y pobreza. Y respecto del agua potable, el Corporado propone modificar el artículo 3 del Acuerdo 006 de 2011, que actualmente garantiza el mínimo vital de 2.5 metros cúbicos de agua.

El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. La suspensión del servicio de energía eléctrica, tratándose del mínimo vital, tiene consecuencias sobre los derechos fundamentales: viola la Constitución Política de Colombia.

Con fundamento en estos presupuestos propios del Estado Social de Derecho que es Colombia, el concejal de Medellín, Roberto Cardona Álvarez, presentará un Proyecto de Acuerdo que obligará a la Administración Municipal a diseñar mecanismos para proteger las familias con niños y niñas, adultos mayores y personas en situación de discapacidad, que muestren una mora superior a tres (3) cuentas vencidas de los servicios de agua potable o energía, evitando la desconexión de estos servicios.

Según el Proyecto del Concejal de Firmes por Medellín, el Municipio deberá auspiciar un mínimo vital de energía con 100 Kw/h por unidad de consumo al mes, incluidos los cargos fijos, a los hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad y pobreza. Y respecto del agua potable, el Corporado propone modificar el artículo 3 del Acuerdo 006 de 2011, que actualmente garantiza el mínimo vital de 2.5 metros cúbicos de agua.

“Nos parece que 2.500 litros de agua no son suficientes. Nuestro Proyecto de Acuerdo propone un mínimo vital de 5 metros cúbicos (5.000 litros) por mes del servicio público domiciliario de acueducto y alcantarillado, incluidos los cargos fijos, para los hogares que por su pobreza y vulnerabilidad no cuenten con estos servicios que se encuentran expresamente garantizados en los artículos 2, 311, 365 y 366 de nuestra Constitución”, explica Roberto Cardona, refiriéndose a que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y a que los municipios están obligados a asegurar la prestación de acueducto y alcantarillado a todos sus habitantes.

Al concejal Cardona le parece paradójico que EPM sea una empresa pública y haya sido declarada como una de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios más eficientes de América Latina, cuando proporcional a su rentabilidad económica crece la pobreza y la incapacidad de miles de familias de pagar los servicios públicos, con la consecuente desconexión de los servicios de acueducto y energía: 27.974 familias de Medellín están desconectadas del servicio de agua potable y cerca de 33 mil familias que viven en zonas de alto riesgo carecen de redes para la prestación de los servicios públicos.

Recuerda el Concejal de Firmes que la Sentencia T-546 de 2009 prohíbe a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios cortar totalmente el suministro de agua potable a los hogares en los cuales habitan menores de edad y personas en condiciones de debilidad manifiesta, y que la Sentencia T-717 de 2010 obliga a estas empresas y a las Alcaldías a permitir el goce efectivo de estos servicios a las personas de escasos recursos.

El concejal Roberto Cardona Álvarez confía en que su Proyecto de Acuerdo sobre mínimo vital de energía y de agua potable y alcantarillado sea aprobado, sancionado, aforado en el presupuesto del Municipio, reglamentado, puesto en práctica exitosamente en aras de garantizar calidad de vida y dignidad, y emulado por otras entidades territoriales.

“Sólo así será posible empezar a bajar la cifra de 9 millones de personas que en Colombia no tienen acceso a acueducto, la de los 13.5 millones que no tienen acceso a alcantarillado y la de los 970 mil niños y niñas en edades de cero a 4 años que no tienen acceso ni a acueducto ni a alcantarillado de manera conjunta”, concluye el concejal Roberto Cardona Álvarez.