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El representante a la Cámara Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán se suma al pronunciamiento de la Conferencia Episcopal de Colombia, según el cual, “la práctica de la eutanasia constituye una seria ofensa a la dignidad de la persona humana y fomenta la corrosión de valores fundamentales del orden social”.

Se refieren el Episcopado y el Congresista del Partido Conservador a la Sentencia C-233 de 2021, mediante la cual la Sala Plena de la Corte Constitucional amplió el derecho fundamental a morir dignamente, a través de la práctica de la eutanasia, para quienes padezcan una enfermedad o lesión grave e incurable que les provoque intenso sufrimiento. En síntesis, en Colombia ya no es necesario ser un paciente terminal para solicitar el derecho a morir dignamente.

El Congresista conservador, defensor de la vida por principio y en su terminación de manera natural sin que la voluntad del hombre intervenga en ese propósito, está plenamente de acuerdo con el arzobispo Luis José Rueda, presidente de la Conferencia Episcopal, con el vicepresidente Omar Alberto Sánchez y con el secretario General del Episcopado, quienes suscribieron un comunicado público rechazando la ampliación del rango de poblaciones y de casos para solicitar la eutanasia.

Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán se suma a la propuesta de la Iglesia que, contrario a legalizar la eutanasia, “el Estado debe garantizar la debida atención sanitaria a las personas que sufren lesiones corporales o enfermedades graves e incurables, o que se encuentran en estado terminal”, “ayudar con recursos económicos e intervención psicosocial a las familias y cuidadores más desprotegidos” y hacer los esfuerzos terapéuticos necesarios “para tratar adecuadamente el dolor y respetar la dignidad del paciente hasta el momento de su muerte natural”.

Como ´Bancada Provida´, el presidente del Congreso Juan Diego Gómez y yo, orientadores del movimiento ´Conservadores de Vida´, estuvimos siempre en desacuerdo con la eutanasia y seguimos en contra de una ley que reglamente este procedimiento relacionado con la muerte asistida. En ese mismo sentido, seguimos oponiéndonos al aborto, el cual, igualmente, consideramos un atentado contra la vida”, manifestó el representante antioqueño Nicolás Albeiro Echeverry.

La Corte Constitucional logró condicionar el artículo 106 del Código Penal Colombiano, a que no será delito el “homicidio por piedad” o eutanasia, si es consentido de manera voluntaria e informada y es efectuado por un médico, siempre y cuando el paciente padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico por lesión corporal o enfermedad grave e incurable. Y pese a la insistencia de la Corte al Congreso para que avance en la legislación y protección del derecho a morir dignamente, Nicolás Albeiro Echeverry se opondrá en nombre de la Bancada ProVida y del movimiento Conservadores de Vida, mientras constitucional y legalmente le sea posible.