Con 10 votos a favor y 10 en contra, perdió la Administración de Medellín la apelación a la decisión adoptada por la Comisión Primera del Concejo de Medellín de negar la autorización a EPM de enajenar sus participaciones en UNE e Inversiones Telco S.A.S. -Invertelco-. La apelación fue debatida por la plenaria de la Corporación este jueves, 18 de agosto de 2022. Con la negación, el Concejo le quitó a EPM la posibilidad de activar la “cláusula de protección del patrimonio público” a su favor, lo que se hubiera logrado mediante el eventual proceso de enajenación de las acciones.
La “cláusula de protección del patrimonio público” a favor de EPM o “derecho de salida” tiene como finalidad establecer mecanismos para que EPM, como accionista de UNE e Invertelco, pueda vender su participación accionaria. La Cláusula permite que, en caso de que Millicom decida no participar en el proceso de venta ni ejerza su derecho de preferencia, EPM pueda ofrecer al mercado el 100% de las participaciones accionarias, propiedad de Millicom y de EPM.
Los concejales que votaron negativo el Proyecto fueron Julio Enrique González Villa, Leticia Orrego, Claudia Ramírez, Sebastián López, Alfredo Ramos, Luis Bernardo Vélez, Daniel Duque, Luis Carlos Hernández, Simón Pérez y Dora Saldarriaga.
En defensa del Proyecto, el gerente General de EPM, Jorge Andrés Carrillo Cardoso, había explicado que los recursos provenientes de la enajenación de las acciones de la Empresa en UNE e Invertelco serían usados en el Plan de Inversiones de EPM matriz y en el pago de la deuda asociada a este. El compromiso de EPM en el período 2022 – 2024 es invertir, aproximadamente, 10.9 billones de pesos para contribuir a la transformación de la vida de millones de personas con la prestación de servicios públicos de calidad con continuidad, cobertura y disponibilidad.
El gerente Carrillo Cardoso ha señalado cuatro razones fundamentales para enajenar sus acciones en UNE e Invertelco: salir de un sector que tiene un nivel de riesgo superior al de los servicios públicos domiciliarios que presta EPM; evitar potenciales capitalizaciones futuras a UNE, ya que EPM no puede diluir su participación accionaria, según lo establece el Acuerdo 17 de 2013; reorientar los recursos invertidos en UNE a iniciativas que sean gestionadas por EPM y hagan parte de sus negocios estratégicos; y tener la oportunidad para ejercer integralmente el derecho de salida y hacer uso oportuno de la “cláusula de protección” del patrimonio público.
En conclusión, el Concejo de Medellín no autorizó la activación de la “cláusula de protección del patrimonio público” a favor de EPM, con la cual buscaba proteger el valor de la inversión pública que tiene en UNE EPM Telecomunicaciones S.A. y en Inversiones Telco S.A.S., en defensa de los recursos públicos que estas inversiones representan.