Eduardo Aristizábal Peláez
 Por: Eduardo Aristizábal Peláez
CONFUNDID Y REINAD

El miércoles, 19 de abril,  el Presidente de la Dimayor, abogado huilense, especializado en derecho comercial,   Jorge Fernando  Perdomo Polanía, puso el grito en el cielo, porque de acuerdo con el criterio de todos los afiliados a la máxima jerarca del futbol profesional colombiano, el espectáculo se tendría que cancelar,  pues se volvería insostenible en caso de que los clubes tuvieran que sufragar los gastos de vigilancia privada en los estadios del país. Esto me sabe a presión indebida por no decir, chantaje. 

En el mencionado comunicado se afirma temerariamente: “ … trasladando a particulares la responsabilidad que corresponde a las autoridades públicas respecto a la seguridad, comodidad, convivencia y el orden público en nuestro país conforme a la Constitución Política. “

El articulo 218 de nuestra Carta Magna dice otra cosa muy distinta y muy clara cuando se refiere al fin de la Policía Nacional :” … cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz…”  

Además el Artículo 121 de la misma Constitución es explícita cuando manifiesta: «Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen la Constitución y la ley. « 

Es extraño que personas que han llegado a importantes cargos en la actividad nacional no distinga entre la vigilancia que debe ejercer la policía en la vía publica alrededor de un estadio y otra cosa es la vigilancia de un espectáculo privado, dentro del estadio que debe ser contratada con entidades privadas o con la misma policía,   como lo autoriza el Decreto  4222   del  23 de noviembre de  2006 por la cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional”:

Artículo 2°, numeral : 10. Suscribir, de conformidad con las normas legales vigentes, convenios o contratos con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para el cumplimiento de la misión de la Policía Nacional, pudiendo delegar esta facultad en los Directores y Comandantes que considere pertinente.

Que sería de la Policía Nacional si tuvieran que disponer de efectivos para prestar sus servicios en todas las discotecas, “… ya que está en riesgo la seguridad de los asistentes…” como dice en otro de sus apartes el mencionado comunicado.

En un imperdonable error,  el Comunicado de la Dimayor asume que la seguridad dentro del estadio corresponde únicamente a la policía. “ La medida, además de implicar una disminución en las condiciones de seguridad en estos espectáculos públicos, hace inviable la actividad de los clubes profesionales al asumir funciones que son competencia exclusiva de la Policía Nacional”

Si el problema es financiero, no ha lugar, basta con seguir aplicando juiciosamente como lo han hecho hasta el momento el articulo 64, literal F  del Código Disciplinario Unico que contempla multas entre 60 y 80 salarios mínimos legal mensual vigente para un jugador por actuar  con intención de causar una decisión  incorrecta de un oficial de partido o contribuir en un error de juicio, que en pesos equivale a un rango entre  $ 44.263.020 y $ 59.017.360.  Para recaudar, la Dimayor si es entidad privada, pero sus espectáculo son públicos cuando se trata de  pagar la seguridad.