Por: Fabio Humberto Rivera Rivera

Concejal de Medellín

Se necesitaron 15 años para que la Corte reconociera de manera integral que nuestro sistema de salud necesita un gran revolcón, para que no se siguiera negando este derecho consignado en nuestra Constitución.

 

Casi que no llegamos a este punto, la Corte al revisar tutelas ha venido ampliando los limitados beneficios del P.O.S, pero sólo ahora toma el toro por los cachos y ordena al Gobierno del presidente Uribe, a darle un revolcón desde el Ministerio de la Protección Social al aseguramiento, a los beneficios y a la forma de atender los pacientes en Colombia.

 

Se requirieron millones de tutelas, miles de muertes, millones de tratamientos retardados e incompletos, hospitalizaciones y cirugías negadas, exámenes especializados no autorizados, para que la Corte expidiera la Sentencia T-760, obligando al Gobierno, en el término de dos años, a restablecer a los 44 millones de colombianos los derechos vulnerados por más de 15 años.

 

Aspiramos y esperamos que nuestro pobre e ilegítimo Congreso, donde una parte importante se salva de este calificativo, no le ayude al Ministro Palacio a burlar con estadísticas maquilladas y manipuladas la Sentencia de la Corte.

 

Los colombianos no entendemos cómo el Ministro de Protección Social salió en hombros del Capitolio Nacional, cuando sólo el 39% ó el 40% de la población, o sea, 17 millones de personas tienen el aseguramiento en salud, en el sistema contributivo, demostrándose además el gran fracaso en materia de empleo en nuestro País.

 

La sentencia de la Corte así sea tarde para muchos, es muy pero muy importante, por lo que ordena en su contenido.

Quiero resaltar algunas de sus ordenes, invitando a todos los que lean estos conceptos, a estudiar a plenitud la Sentencia T-760 y hacer causa común, para que se cumpla y no quede en letra muerta el resultado de la lucha que muchos hemos dado por década y media, al denunciar y reclamar igualdad en la atención para todos.

¿Qué ha dicho la Corte? primero que nuestro sistema debe sufrir un revolcón en un tiempo no mayor a dos años.

 

Segundo que el P.O.S, o sea, los beneficios mínimos que deben garantizársele a los pacientes debe ser igual en el régimen contributivo que en el régimen subsidiado, que no se le puede seguir dando atención de tercera al 60% de los colombianos, que no se le puede seguir ofreciendo a 27 millones de compatriotas un P.O.S, que representa solo el 50% del P.O.S contributivo en donde la respuesta más común para el pobre paciente es: “Señor, señora usted necesita eso, pero no está en el P.O.S”.

 

Pretende esta Sentencia acabar con la discriminación, combatir la exclusión y restablecer el derecho a la igualdad, violado por décadas a millones de personas en nuestro sistema de salud.

 

Obliga además la Corte a actualizar el P.O.S, ya que 15 años después de sancionarse la ley 100, contamos hoy con nuevos tratamientos, nuevos procedimientos y nuevas ayudas diagnósticas, que no se autorizan por no estar en el desactualizado Plan Obligatorio de Salud.

 

Exige también la Corte a las E.P.S e I.P.S, aprobar los medicamentos, exámenes, cirugías, que no están en el P.O.S a través de sus comités médicos científicos y recobrar al Fosyga.

 

Por supuesto que al fosyga, le da una orden perentoria, no demorar los recursos del sistema y girar a las E.P.S, los dineros adeudados y los que causen los servicios del no P.O.S a los pacientes.

 

Ministro no empiece a sacar excusas con el pretexto de que los recursos y por lo tanto los beneficios son limitados, porque como mínimo la Corte ordena actualizar el P.O.S e igualar el subsidiado al contributivo… ¡A trabajar Ministro!