La Resolución de la Registraduría Nacional del Estado Civil de este martes, 22 de noviembre de 2022, mediante la cual decidió no certificarlos estados contables del Comité promotor de la Revocatoria del mandato del alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, porque superaron los topes individuales permitidos por el Consejo Nacional Electoral, es para el aspirante a la Alcaldía de Medellín, Albert Corredor, una decisión en justicia.
“Lo que nace mal termina mal”, dijo Albert Corredor en Sinergia Informativa, a propósito de esta Resolución que, finalmente, entierra la pretensión de los movimientos políticos y sociales que se declararon en oposición al Alcalde de Medellín y decidieron revocarle el mandato que democráticamente le fue entregado el 27 de octubre de 2019.
Albert Corredor, quien aspirará al primer cargo público de la Capital antioqueña por el grupo significativo de ciudadanos “Medellín nos une”, afirma que las intenciones del Comité revocador denominado “El Pacto por Medellín de Salvará, porque te amamos te vamos a recuperar”, no eran reales y serios con base en la Constitución y la Ley.
“Yo creo en los mecanismos de participación democrática, como la revocatoria del mandato. Pero no creo en ellos cuando son aprovechados mezquina y politiqueramente, como lo hizo la oposición al Alcalde, que desde el primer día enarboló el mecanismo y lo convirtió en un arma política de unos cuantos, un arma que les hizo daño a todos los sectores de Medellín y que nos dividió en absoluto. Y era claro que no iba a tener futuro”, manifestó.
Albert Corredor se refiere a que el artículo 103 superior, reglamentado mediante las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, son precisas en afirmar que la convocatoria de revocatoria de mandato no procederá sin que hubiese transcurrido no menos de un año del gobierno y que la motivación tenga origen en insatisfacción general de los ciudadanos y en el incumplimiento del programa de gobierno, circunstancias de tiempo, modo y lugar que no se tuvieron en cuenta por parte de los revocadores.
La Resolución 054 del 22 de noviembre de 2022 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, desestima la orden que el Tribunal Administrativo de Antioquia le dio el pasado 9 de noviembre de notificar sobre el cumplimiento de los requisitos de parte del Comité promotor de la revocatoria, conforme con el artículo 15 de la Ley 1757 de 2015. Por tanto, no procederá con la convocatoria para la votación porque considera que no se cumplieron los requisitos establecidos para la solicitud de revocatoria del mandato.
Por eso es que el aspirante a la Alcaldía de Medellín, Albert Corredor, ratifica que la revocatoria contra Daniel Quintero nació muerta y ahora está enterrada.