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Una queja disciplinaria contra el gobernador de Antioquia, Sergio Fajardo Valderrama, fue radicada en la Procuraduría General de la Nación por  supuesta participación en política en favor del candidato a la Alcaldía de Medellín, Alonso Salazar Jaramillo.

La queja es respecto de la presencia de Salazar en  primera fila durante la inauguración que hizo Fajardo del Parque Educativo de San Carlos. Y aunque Alonso Salazar aún no se ha inscrito oficialmente como candidato, esto prendió las alarmas para que la  procuradora Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, María Eugenia Carreño, hiciera un llamado a los gobernantes para que se abstengan de participar en política, ya que estos hechos desequilibran el proceso electoral.

La procuradora Delegada Carreño manifestó que por tratarse de un asunto disciplinario el Ministerio Público es competente para investigar la queja, pero  señaló que no podía pronunciarse sobre ella.

María Eugenia Carreño fue la misma Procuradora Delegada que sancionó en primera instancia al exalcalde Alonso Salazar con destitución y lo inhabilitó por 12 años para ejercer cargos públicos por haber participado en política durante las elecciones de 2011, cuanto era Alcalde de Medellín. La sanción fue ratificada en segunda instancia por la Procuraduría General de la Nación.

Posteriormente, la decisión del Ministerio Público fue anulada parcialmente por el Consejo de Estado, Tribunal ante el cual el Ex Alcalde solicitó Medida de Nulidad y Restablecimiento del Derecho de la sanción por la presunta responsabilidad de “utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos…” y “utilizar el empleo para presionar a particulares o subalternos a respaldar una causa o campaña política…”, las cuales son faltas disciplinarias gravísimas contempladas en la Ley 734 de 2002; y por presuntamente “difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio…”, prohibición contemplada en la Ley 996 de 2005.