Con ponencia del magistrado Carlos Enrique Pinzón Muñoz, la Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia decretó la suspensión provisional del Acto Electoral expedido el 29 de noviembre de 2024, por medio del cual la Asamblea Departamental de Antioquia eligió a Marisol Orozco Giraldo como Secretaria General de la Duma.
El demandante Carlos Mario Cano Diosa interpuso el Medio de Control de Nulidad, al considerar que la elección de Orozco Giraldo se encuentra viciada por una manifiesta infracción de las normas que debían sustentarla y por haberse expedido de forma irregular, vulnerando principios fundamentales como la legalidad, la publicidad, la transparencia y la participación ciudadana.
Según Cano Diosa, hubo inobservancia del artículo 6 de la Ley 1904 de 2018, que exige la publicación de la convocatoria al menos 10 días calendario antes del inicio del período de inscripciones.
La Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia plantea en su decisión que la Asamblea Departamental de Antioquia pudo haber desconocido la normativa que rige el concurso y, especialmente, el artículo que cita el demandante.
“Norma que, precisamente, se constituye en el fundamento jurídico de procedencia de la medida cautelar, pues la confrontación de las pruebas, hasta ahora arrimadas al proceso, con la norma invocada arroja como resultado la probabilidad prevaleciente de haberse violado”, afirma la Sala.