Edwin Franco

Por: Edwin Alejandro Franco Santamaría

Ahora que se avista el fin del conflicto con las Farc (porque continuarán otros conflictos con las Bacrim, con el ELN, con organizaciones criminales dedicadas al microtráfico, a la extorsión, etc.), al menos eso es lo que se deduce del anuncio hecho la semana pasada por el presidente y por el jefe máximo de este grupo guerrillero, quedan muchas dudas y pocas certezas en el acuerdo al que llegaron las partes respecto de la justicia que ha de aplicársele a los miembros del grupo insurgente, que como se sabe se acordó crear un tribunal especial para la paz, que juzgue a todos los actores que con ocasión del conflicto armado hayan participado en el mismo.

Con la asesoría de expertos nacionales e internacionales, que le hicieron entender a la guerrilla que sus crímenes, a excepción del delito político, no podían ser indultados ni amnistiados, pudo por fin avanzarse en este punto que se mostraba como el más difícil, dadas las reticencias y el cinismo de las Farc, pues creían que podían sobrepasar este obstáculo sin mayores esfuerzos.

Independientemente de todas las minucias que implica este tribunal especial, si llama a dudas que todos los crímenes cometidos por las Farc para la financiación de la guerra vayan a ser considerados conexos al delito político.

Desde que hace meses el jefe negociador de la delegación de Colombia, Humberto de la Calle, planteó la posibilidad de que el narcotráfico fuera considerado delito conexo al delito político, no ha parado la discusión, unos que sí lo es, otros, que no.

El delito conexo es aquel que tiene una conexidad o vinculación tan estrecha con el delito político que hace parte de la ejecución de este.   El asunto a precisar es sí, por ejemplo, delitos como el narcotráfico y el lavado de activos, pueden estar comprendidos dentro de la ejecución del delito de rebelión o sí fue más bien una actividad desplegada por el grupo guerrillero para aumentar sus ingresos, los cuales han blanqueado en la economía nacional e internacional. No es fácil llegar a la conclusión de que delitos de esta naturaleza son conexos al delito político.

Circunstancias como la de considerar estos delitos como conexos al político, el mismo tribunal especial para la paz (nombre por demás mentiroso, porque llegar a un acuerdo con las Farc no implica o no significa que en Colombia por este hecho se va a alcanzar la paz), así se haya convencido a las Farc que se necesitan o el mundo exige unos mínimos de justicia, concretamente en lo relativo a penas de prisión, así estas se cumplan “en condiciones especiales”, hacen pensar que no solo en este punto, sino en todos los demás, las conversaciones han girado en torno a llegar a unos acuerdos a la medida del grupo insurgente.

Adicionalmente a ello, quienes pensaban que los responsables de delitos como el genocidio y los de lesa humanidad no podían hacer política, se van quedar con las ganas porque pese a que la Constitución colombiana prohíbe que quienes hayan sido condenados penalmente (excepto por delitos políticos) no pueden ser elegidos mediante el voto popular, a nivel internacional no hay ninguna prohibición legal para quien haya sido condenado por delitos de lesa humanidad no pueda hacer política, para lo cual el Grupo de Nueva York (así se llama el grupo de expertos nacionales e internacionales que asesoró a ambas delegaciones sobre el tema de la justicia, porque principalmente se reunían en Estados Unidos), ha hecho recomendaciones en el sentido de una reforma constitucional que les permita ser elegidos mediante el voto popular.

Habrá que esperar la concreción de todos los elementos que hacen parte de este punto, porque son bastantes y muy complejos y que cuando ello ocurra, no genere en muchos la sensación que despertó el anuncio de la semana pasada:   incertidumbre y decepción.